Finalidad
Adscripción de nuevos vehículos a autorización de mercancías superligeros ya existente (de más de 2000 kg a 3500 kg de MMA).
Tramitado por
Contacto
Domicilio:
Julio Caro Baroja plaza, planta baja - trasera, 20018 Donostia
Horario:
Lunes a viernes, de 8:30 a 13:30.
Dirección e-mail:
garraiobaimenak@gipuzkoa.eus
Teléfono de contacto:
943 112991
Dirigido a
Empresas y autónomos.
Requisitos
.- No tener sanciones pendientes de pago.
.- El/los vehículo/s deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Disponer del vehículo, con tracción propia y matriculado en España, en propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario. Además, tiene que tener en todo caso una Masa Máxima Autorizada (MMA) que no supere las 3,5 Tm.
.- Si actúa mediante gestoría o asesoría: ésta deberá estar de alta en el censo de representantes 001k.
Documentacion a aportar
1.- Solicitud debidamente cumplimentada. SAT
2.- Abono de la tasa (23,79€ por vehículo): justificante de pago de la transferencia realizada a la cuenta bancaria ES65 2095 0611 091061117395.
3.- Autorización del interesado para poder entrar en determinados registros públicos a fin de comprobar de oficio por la Administración determinada documentación. AUTORIZACIÓN REGISTROS PÚBLICOS
4.- Permiso (s) de circulación del vehículo (s).
5.- Ficha (s) técnica (s) completa (s) del (os) vehículo (s)
6.- Alta del vehículo (s) en el IAE (Modelo 840): actividad “transporte de mercancías por carretera”, ámbito estatal.
7.- Si se trata de un vehículo arrendado, contrato de arrendamiento.
(*) En el caso de transmisión de todos los vehículos adscritos a otra autorización: escrito de transmisión de los vehículos donde consten los datos de la empresa vendedora, de la empresa adquirente, los vehículos y autorizaciones que se transmiten y la renuncia a las mismas (19,12€ por vehículo). TRANSMISIÓN VEHÍCULOS
Modalidades de solicitud
Solicitud por internet
Solicitud y envío de documentación a través del Registro Electrónico de la Diputación Foral de Gipuzkoa. https://egoitza.gipuzkoa.eus/WAS/CORP/WATTramiteakWEB/inicio.do
Identificación necesaria para la tramitación electrónica
Modalidades de solicitud
Plazo máximo de resolución
Plazo legal: cinco meses.
Efectos del silencio administrativo
Desestimatorio