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Autorización para realización de actividades arqueológicas y paleontológicas previas a realizar obra
INFORMACIÓN GENERAL
Finalidad
Autorización previa y preceptiva a la obtención de licencia de obra en zonas o bienes arqueológicos o paleontológicos declarados como bien cultural, que vayan a ser afectados como consecuencia de la realización de obras.
Tramitado por
- DEPARTAMENTO DE CULTURA, COOPERACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES
- Dirección General de Patrimonio Cultural
- Servicio de Patrimonio Histórico-Artístico, Colecciones y Museos
Dirigido a
El promotor o promotora de las obras.
Requisitos
La persona titular de la autorización deberá ser quien dirija la actividad arqueológica y paleontológica objeto de autorización. La persona titular de la autorización deberá ser una persona física que acredite una titulación universitaria con formación suficiente en arqueología o paleontología y experiencia contrastada para asumir la dirección de las actividades arqueológicas o paleontológicas que se autorizan y con formación adecuada al periodo o periodos históricos que se correspondan con la zona de intervención.
INICIO Y SOLICITUD
Formularios y modelos a presentar
Documentación a aportar
- Formulario de solicitud cumplimentado.
- Copia del proyecto de las obras que se pretenden realizar, en su caso, el presentado para la obtención de la licencia de obras municipal.
- Proyecto arqueológico que incluirá los siguientes apartados:
- Memoria con la evaluación del potencial arqueológico del solar, documentación histórica…
- Metodología
- Planos, fotografías
- Calendario de la actuación
- Presupuesto
Modalidades de solicitud
- Internet
- Presencial
Solicitud por internet
Personas jurídicas y profesionales:
- Tramitación electrónica:
Autorización para realización de actividades arqueológicas y paleontológicas previas a realizar obras (formulario electrónico)
Personas físicas:
- Tramitación electrónica:
Identificación necesaria para la tramitación electrónica
- Certificado y B@KQ
Oficinas de atención presencial
Personas físicas:
Arreta Zerbitzua.
Gipuzkoa Plaza, S/N, 20004 Donostia.
Horario: De lunes a jueves, 08:30-18:30. Viernes, 08:30-14:30.Agosto, de lunes a viernes 8:30-14:30.
Teléfono: 943 11 21 11
TRAMITACIÓN
Modalidades de solicitud
- Internet
- Presencial
RESOLUCIÓN
Plazo máximo de resolución
Plazo estimado de Resolución: un mes.
Efectos del silencio administrativo
DesestimatorioSe informa mediante
- Notificación electrónica
NORMATIVA
Ley 6/2019, de 9 de mayo, del Patrimonio Cultural Vasco.
artículos 33 y 66
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Observaciones
TRÁMITES:
1. Registro de la documentación, en su caso subsanación.
2. Análisis por parte de la persona responsable del Servicio de Patrimonio Histórico-Artístico y Archivos y elaboración del Informe-propuesta.
3. Preparación de la Resolución por parte de la Secretaría Técnica.
4. Aprobación de la Resolución por la persona titular de la Dirección General de Cultura.
5. Notificación de la resolución por Secretaría Técnica:
- a la persona que dirige la actuación
- al ayuntamiento en el que radica el bien cultural
- al Gobierno Vasco
6. Recepción por parte del Servicio de Patrimonio Histórico-Artístico y Archivos de la memoria arqueológica o paleontológica derivada de la autorización concedida.