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Solicitud de la licencia de caza de la Comunidad Autónoma del País Vasco
INFORMACIÓN GENERAL
Finalidad
Solicitar la licencia de caza de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Tramitado por
- DEPARTAMENTO DE EQUILIBRIO TERRITORIAL VERDE
- Dirección General de Montes y Patrimonio Natural
- Servicio de Fauna y Flora Silvestre
Contacto
Servicio de Fauna y Flora Silvestre: Tel. 943 113 948 / 943 112 074 / 943 113 757
email: basanimalandare@gipuzkoa.eus
Dirigido a
Personas mayores de 14 años.
Requisitos
Certificado de haber superado el examen de aptitud para cazar en la Comunidad Autónoma del País Vasco o disponer de los siguientes certificados:
-
Certificado de haber superado un examen de aptitud para cazar homologable al regulado en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
-
Estar en posesión de la licencia de caza para vecinos de las siguientes autonomías: Asturias, Canarias, Galicia, Navarra, La Rioja, Castilla y León y Castilla-La Mancha y del resto de Estados miembros de la Unión Europea. En estos casos, certificado de empadronamiento.
-
Declaración responsable de no encontrarse inhabilitado para el ejercicio de la caza ni de tener pendiente el pago de sanciones firmes en materia cinegética (se deberá presentar el certificado expedido por el servicio de caza de la comunidad autónoma correspondiente).
INICIO Y SOLICITUD
Formularios y modelos a presentar
Documentación a aportar
1. DNI, pasaporte o carnet de conducir.
- Ciudadanía de los estados miembros de la Unión Europea : Pasaporte o documento de identificación admitido en el estado de origen.
- Ciudadanía de fuera de la Unión Europea: Pasaporte.
2. Certificado acreditativo de haber superado un examen de aptitud para cazar homologable al regulado en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
3. Licencia de caza para vecinos/as de las siguientes autonomías: Asturias, Canarias, Galicia, Navarra, La Rioja, Castilla y León y Castilla-La Mancha y del resto de Estados miembros de la Unión Europea.
En el caso de vecinos/as las Comunidades Autónomas certificado de empadronamiento.
Todos los documentos deberán ser originales o fotocopias compulsadas.
Las copias digitalizadas de los documentos aportadas mediante la utilización de firma electrónica avanzada serán consideradas copias fieles del original.
Modalidades de solicitud
- Internet
- Presencial
Solicitud por internet
Registro electrónico del Departamento de Promoción Económica, Medio Rural y Equilibrio Territorial
Identificación necesaria para la tramitación electrónica
- Certificado y B@KQ
Oficinas de atención presencial
- Federación Guipuzcoana de Caza.
- Oficinas Comarcales Agrarias (OCA).
TRAMITACIÓN
Modalidades de solicitud
- Internet
- Presencial
NORMATIVA
- Ley 1/1970, de 4 de abril, de Caza
- Decreto 506/1971, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley de Caza de 4 de abril de 1970
- Decreto 160/2014, de 29 de julio, de la licencia de caza y el examen de aptitud para cazar.
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Observaciones
La licencia de caza de la Comunidad Autónoma del País Vasco únicamente será válida si va acompañada de:
1. Justificante de abono de la tasa anual correspondiente.
- Importe de la tasa: 14,04 € (2024)
- Las personas de 65 años o mayores de 65 años están exentas del abono de la tasa y deberán llevar un justificante de exención. Para solicitar el justificante clicar: http://mobi.nekagip.eus/EhizaBaimena/Default.aspx?idioma=es
- El abono de la tasa puede realizarse en:
- Oficinas y cajeros automáticos de la KUTXABANK: presentando la tarjeta de la licencia de caza, o
- Federación Guipuzcoana de Caza: en metálico, presentando la tarjeta de la licencia de caza.
2. Documento acreditativo de la suscripción y vigencia de un contrato de seguro de responsabilidad civil de cazador o cazadora.
Información adicional
Dado que la cantidad de la tasa varía anualmente, es conveniente mirar en esta dirección electrónica: https://www.gipuzkoa.eus/es/web/ehiza-arrantza/tramiteak