Autorización 25- VSPC - Nueva autorización para vehículos de transporte privado sanitario
INFORMACIÓN GENERAL
Finalidad
Autorizaciones de transporte para realizar transporte pribado sanitario en vehículos ambulancia, serie VSPC de ámbito nacional.
Tramitado por
- DEPARTAMENTO DE MOVILIDAD, TURISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
- Dirección General de Movilidad y Transporte Público
- Servicio de Movilidad y Transportes
Contacto
Dirección e-mail:
garraiobaimenak@gipuzkoa.eus
Teléfono de contacto:
943 112991
Dirigido a
Empresas y autónomos cuya actividad principal no sea el transporte público.
Requisitos
- Si actúa a través de una asesoría o gestoría: la gestoría debe estar dada de alta en el censo de representantes 001K.
- Ser persona física o jurídica. Tener nacionalidad española o la de algún país miembro de la Unión Europea o contar con las autorizaciones del régimen de extranjería para la actividad de transportista.
- Justificar estar en posesión de medios informáticos y correo electrónico.
- No tener sanciones pendientes de pago.
- Cumplir con las obligaciones de carácter social y laboral.
- Cumplir con las obligaciones de carácter fiscal:
1.- Alta empresa en el censo del IVA (036) en la actividad correspondiente.
- Justificar la necesidad de transportar personas enfermas o accidentadas en ese número de forma habitual desde o hasta los centros de la empresa.
- Los conductores deben estar integrados en la organización de la empresa y tener la cualificación necesaria.
- Disponer del número mínimo de 1 vehículo - La antigüedad de cada uno de los vehículos a adscribir no puede superar los 10 años contados desde su primera fecha de matriculación. Los vehículos tienen que ser con tracción propia y matriculados en España, en propiedad, arrendamiento ordinaro o financiero.
- Disponer de las correspondientes certificaciones técnico-sanitarias referidos a los vehículos.
- Tener cubierta de forma ilimitada su responsabilidad civil por los daños que se causen con ocasión del transporte, hasta, al menos, la cantidad de 50 millones de euros.
INICIO Y SOLICITUD
Documentacion a aportar
En relación con la empresa:
.- Documento de identificación del titular de la autorización (CIF, DNI, NIE, Permiso de residencia de larga duración/temporal y de trabajo).
.- En el caso de las personas jurídicas, documento de constitución en el que conste que el objeto principal de la empresa no es la realización de transporte sanitario, debidamente registrado en el Registro correspondiente. En el caso de que la constitución de la empresa tenga más de 3 meses, nota simple emitida por el Registro correspondiente.
.- Declaración jurada del titular de la autorización de disponer de equipo informático y correo electrónico. DECLARACIÓN JURADA EMAIL.
.- Declaración jurada indicando la actividad de la empresa y que los vehículos y conductores están integrados en la organización de la empresa. Declaración responsable de la necesidad del transporte.
En relación con cada uno de los vehículos (mínimo 1):
.- Permiso de circulación del vehículo.
.- Ficha técnica completa del vehículo, anverso y reverso.
.- Contrato de arrendamiento vigente (si corresponde).
.- Certificación técnico-sanitaria emitida por el Órgano competente en Sanidad del Gobierno Vasco.
.- Justificante de suscripción del seguro correspondiente: póliza de seguro con cobertura ilimitada de responsabilidad civil y recibo de pago vigente.
Modalidades de solicitud
Solicitud por internet
Solicitud y envío de documentación a través del Registro Electrónico de la Diputación Foral de Gipuzkoa. https://egoitza.gipuzkoa.eus/WAS/CORP/WATTramiteakWEB/inicio.do
Identificación necesaria para la tramitación electrónica
TRAMITACIÓN
Modalidades de solicitud
RESOLUCIÓN
Plazo máximo de resolución
Plazo legal: cinco meses.
Efectos del silencio administrativo
Desestimatorio
Se informa mediante
NORMATIVA
- Orden PRE/1435/2013, de 23 de julio, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de transporte sanitario por carretera. https://www.boe.es/eli/es/o/2013/07/23/pre1435/con
- Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera. https://www.boe.es/eli/es/rd/2012/05/25/836/con
- Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificada por la Ley 9/2013, de 4 de julio.
- Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificado por el Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero.
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Información adicional
Consulta del estado de las autorizaciones:
https://www.transportes.gob.es/transporte-terrestre/servicios-al-transportista/consulta-al-registro-de-empresas-y-actividades-de-transporte