Junta Arbitral del Transporte de Gipuzkoa

INFORMACIÓN GENERAL


Finalidad

La Junta Arbitral del Transporte resuelve reclamaciones e interviene en conflictos de contenido económico en lo que respecta a los transportes terrestres urbanos, interurbanos, de mercancías y de viajeros. Puede acudir a la Junta Arbitral cualquier persona usuaria, transportista, cargador o intermediario que sea parte contratante en un transporte sin necesidad de abogado ni de procurador.




Tramitado por

  • DEPARTAMENTO DE MOVILIDAD, TURISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
  • Dirección General de Movilidad y Transporte Público
  • Servicio de Movilidad y Transportes

Contacto

Domicilio:

Plaza Julio Caro Baroja, planta baja - trasera, 20018 Donostia.


Dirección e-mail:

arbitrajebatzordea@gipuzkoa.eus

Teléfono de contacto:

943 112250


Dirigido a

Ciudadanía en general, empresas y profesionales del transporte.


Requisitos

Ser parte contratante de un transporte.

La Junta resuelve obligatoriamente las reclamaciones económicas que no excedan de 15.000 €, aunque también puede intervenir en reclamaciones de más de 15.000 € si hay pacto expreso en este sentido, o si las partes lo convienen.

La Junta Arbitral del Transporte de Gipuzkoa es competente para resolver las controversias en las que:

  • Gipuzkoa es el origen o el destino del transporte.
  • El domicilio de la empresa prestadora del servicio está en Gipuzkoa.
  • Si la reclamación la interpone una persona consumidora y usuaria, esta tiene su residencia habitual en Gipuzkoa.

La persona reclamante puede elegir en qué junta de las competentes presenta la reclamación, salvo que, previamente y por escrito, haya pactado la sumisión a otra concreta.



INICIO Y SOLICITUD


Formularios y modelos a presentar

 SOLICITUD-JUNTA ARBITRAL DEL TRANSPORTE DE GIPUZKOA BILINGÜE

 LAUDO ARBITRAL-SOLICITUD ACLARACIÓN-JUNTA ARBITRAL DEL TRANSPORTE DE GIPUZKOA-BILINGÜE  

 SOLICITUD CERTIFICADO DE LAUDO-JUNTA ARBITRAL DEL TRANSPORTE DE GIPUZKOA-BILINGÜE 

 

Documentacion a aportar

1. Cumplimentar el formulario de reclamación donde se concretarán los datos de la empresa contra la que se reclama y se expondrá la reclamación, los hechos que la justifican y, en su caso, los fundamentos de derecho en que se basa.

2. Pruebas documentales como:

  • Escrito de demanda
  • Pacto de sometimiento
  • Albaranes o conformes de entrega de los servicios o expediciones
  • Convención reguladora del contrato de transporte internacional de mercancías por carretera (CMR)
  • Facturas
  • Comunicaciones escritas entre las partes
  • Billetes o títulos de transporte
  • Peritajes o fotografías
  • Otros documentos que acrediten los hechos (indicar cuáles son).

  • DNI o documento acreditativo de identidad
  • Si actúa mediante representante, documento acreditativo de la representación.

Modalidades de solicitud

  • Internet
  • Presencial

Solicitud por internet

Solicitud de arbitraje ante la Junta Arbitral del Transporte de Gipuzkoa 

Solicitud de aclaración, corrección, complemento o rectificación de laudo arbitral 
La solicitud debe presentarse dentro de los 10 días siguientes (naturales) desde la notificación del laudo, mediante el escrito de reclamación según modelo adjunto.

Solicitud de certificado de laudo para instar la ejecución forzosa 
Transcurridos 20 días desde la notificación del laudo, podrá solicitarse el certificado mediante el escrito de reclamación según modelo adjunto.


Identificación necesaria para la tramitación electrónica

  • Certificado y B@KQ

Oficinas de atención presencial

Las personas físicas, además, podrán presentar su reclamación de forma presencial, a través de los registros de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

Registro General de la Diputación Foral de Gipuzkoa. Plaza de Gipuzkoa, s/n, planta baja.

Registro del Departamento de Movilidad, Turismo y Ordenación del Territorio (Plaza Julio Caro Baroja, 2, 3ª planta), así como en el resto de Registros departamentales de la Diputación y en todas las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.



TRAMITACIÓN


Modalidades de solicitud

  • Internet
  • Presencial

RESOLUCIÓN


Plazo máximo de resolución

La Junta resolverá mediante laudo en el plazo máximo de 6 meses contados a partir del día en que se haya celebrado la vista oral.


Efectos del silencio administrativo

No aplica

NORMATIVA