Autorización 26 - Rehabilitación autorizaciones privado mercancías (MPC), viajeros (VPC) o sanitario (VSPC)

INFORMACIÓN GENERAL


Finalidad

Rehabilitar autorizaciones MPC o VPC


Tramitado por

  • DEPARTAMENTO DE MOVILIDAD, TURISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
  • Dirección General de Movilidad y Transporte Público
  • Servicio de Movilidad y Transportes

Contacto


Dirección e-mail:

garraiobaimenak@gipuzkoa.eus

Teléfono de contacto:

943 112991


Dirigido a

Empresas y autónomos.


Requisitos

.- Si actúa mediante gestoría o asesoría: está deberá estar de alta en el censo de representantes 001k. Si representan por primera vez a una empresa o si necesitan renovar la representación por caducidad, una vez realizado el trámite en el censo de representantes de la Diputación Foral de Gipuzkoa, deberán iniciar en la sede electrónica del Ministerio el expediente de tramitación de nueva representación.

.- No tener sanciones pendientes de pago.

.- Los conductores deben hallarse integrados en la organización de la empresa.



INICIO Y SOLICITUD


Documentacion a aportar

- Abono de la tasa:

- PARA REHABILITACIÓN: (24,27€/vehículo). Solicitar carta de pago de rehabilitación

- Declaración responsable de la necesidad del transporte: Declaración responsable de la necesidad del transporte  

- Para los vehículos de alquiler, contratos vigentes.

- Además, para los vehículos sanitarios (VSPC)

-Seguro y recibo actualizado.

-Certificado técnico sanitario.


Modalidades de solicitud

  • Internet

Solicitud por internet

Solicitud y envío de documentación: 

Gestión de autorizaciones de transporte interior | Sede Electrónica

 Instrucciones 


Identificación necesaria para la tramitación electrónica

  • Certificado y B@KQ

TRAMITACIÓN


Modalidades de solicitud

  • Internet

RESOLUCIÓN


Plazo máximo de resolución

Plazo legal: cinco meses.


Efectos del silencio administrativo

Desestimatorio

Se informa mediante

  • Notificación electrónica


NORMATIVA


  1. Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificada por la Ley 9/2013, de 4 de julio. 
  2. Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificado por el Real Decreto 70/2019, de 15 de febrer


INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA


Observaciones

Rehabilitación: antes de que transcurra un año desde el mes en que le correspondía realizar el visado.


Información adicional

Consulta del estado de las autorizaciones:

https://www.transportes.gob.es/transporte-terrestre/servicios-al-transportista/consulta-al-registro-de-empresas-y-actividades-de-transporte