Autorización 18 - MPC - Nueva autorización de transporte privado complementario de mercancías

INFORMACIÓN GENERAL


Finalidad

Transporte realizado por empresas que se dediquen a una actividad distinta al transporte, pero que deben trasladar mercancía como complemento necesario para su actividad principal.

No necesitan autorización  los transportes de esta clase que se realicen en vehículos de hasta 3,5 toneladas de masa máxima autorizada, inclusive.


Tramitado por

  • DEPARTAMENTO DE MOVILIDAD, TURISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
  • Dirección General de Movilidad y Transporte Público
  • Servicio de Movilidad y Transportes

Contacto


Dirección e-mail:

garraiobaimenak@gipuzkoa.eus

Teléfono de contacto:

943 112991


Dirigido a

Empresas y autónomos.


Requisitos

1.- Debe justificar la necesidad del transporte de mercancías, según la naturaleza y volumen de actividad de la empresa.

2.- El personal conductor deberá hallarse integrado en la organización de la empresa.

3.- El transporte no puede contratarse ni facturarse aparte. En su caso, el coste deberá incluirse en el precio final del producto o servicio antes de aplicar el IVA.

4.- Estar de alta en el censo de Obligados Tributarios.

5.- Justificar estar en posesión de correo electrónico de la empresa (valdría cualquiera menos de gestorías y asesorías)

6.- No tener sanciones pendientes de pago.

7.- Si actúa mediante gestoría o asesoría: ésta deberá estar de alta en el censo de representantes 001k.



INICIO Y SOLICITUD


Documentacion a aportar

1.- Abono de la tasa (23,79€). Solicitar carta de pago

2.- Solicitud debidamente cumplimentada.  SAT 

3.- Documento de identificación del titular de la autorización (CIF, DNI, NIE, Permiso de residencia de larga duración o temporal y de trabajo).

4.- Declaración jurada de disponer de correo electrónico, firmada por el representante, en su caso.   DECLARACIÓN JURADA EMAIL 

5.- Permiso del interesado para poder entrar en determinados registros públicos a fin de comprobar de oficio por la Administración determinada documentación.  AUTORIZACIÓN REGISTROS PÚBLICOS 

6.- Declaración responsable de la necesidad del transporte, cuya actividad coincida con el alta en el IAE: Declaración responsable de la necesidad del transporte 

7.- Permiso de circulación.

*En el caso de que sea en propiedad, el servicio o destino al que se dedica el vehículo deberá ser Particular sin especificar, salvo que ejerza alguno de los otros servicios recogidos en el Anexo II del Reglamento General de Vehículos.

8.- Ficha técnica completa.

9.- Si el vehículo es de alquiler, contrato correspondiente.

 

 

 


Modalidades de solicitud

  • Internet

Solicitud por internet

Solicitud y envío de documentación a través del Registro Electrónico de la Diputación Foral de Gipuzkoa. https://egoitza.gipuzkoa.eus/WAS/CORP/WATTramiteakWEB/inicio.do


Identificación necesaria para la tramitación electrónica

  • Sin autenticar

TRAMITACIÓN


Modalidades de solicitud

  • Internet

RESOLUCIÓN


Plazo máximo de resolución

Plazo legal: cinco meses.


Efectos del silencio administrativo

Desestimatorio

Se informa mediante

  • Notificación electrónica


NORMATIVA


  1. Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificada por la Ley 9/2013, de 4 de julio. 
  2. Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificado por el Real Decreto 70/2019, de 15 de febrer


INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA


Información adicional

Consulta del estado de las autorizaciones:

https://www.transportes.gob.es/transporte-terrestre/servicios-al-transportista/consulta-al-registro-de-empresas-y-actividades-de-transporte