Finalidad
Oferta de cesión temporal de un documento o un archivo a la Diputación Foral de Gipuzkoa, para su guarda en comodato en el Archivo General de Gipuzkoa (Tolosa) o en el Archivo Histórico Provincial de Gipuzkoa (Oñati) para su conservación y difusión (se cede la guarda del bien, se conserva la propiedad sobre el mismo.
Tramitado por
Dirigido a
Cualquier persona física o jurídica que posea algún documento o archivo de interés para el Territorio Histórico de Gipuzkoa.
Requisitos
Acreditar la propiedad del bien.
Formularios y modelos a presentar
Documentacion a aportar
Modalidades de solicitud
Solicitud por internet
Personas físicas, jurídicas y profesionales:
Identificación necesaria para la tramitación electrónica
Otros medios de tramitación
Dirección General de Cultura.Servicio de Patrimonio Histórico-Artístico y Archivos
Archivo Histórico Provincial de Gipuzkoa
Oficinas de atención presencial
Arreta Zerbitzua
Modalidades de solicitud
Plazo máximo de resolución
Es un contrato sujeto al derecho privado y a la voluntad de las partes.
Efectos del silencio administrativo
No aplicaSe informa mediante
- Código Civil artículo 1740 y s.s.
- Norma Foral 8/1996, de 9 de julio, de Patrimonio del Territorio Histórico de Gipuzkoa
Artículo 43 Aceptación de cesiones de uso
1.- La aceptación de cesiones de uso de bienes de dominio privado hechas a favor de la Diputación Foral de Gipuzkoa por otras Administraciones Públicas, Instituciones o particulares, se efectuará por la persona titular del departamento competente en materia de patrimonio, a propuesta de la persona titular del Departamento interesado, siendo precisa la autorización del Consejo de Gobierno, cuando la cesión lleve implícita una condición o compromiso de uso específico.
Observaciones
TRÁMITES:
Información adicional
El contrato es sin contraprestación económica, a cambio de poder usar el bien, la Diputación asume los gastos ordinarios por su uso y conservación, si bien se establecerán las cláusulas generales y particulares en el contrato de comodato que se firmará entre las partes.
En su caso, podrá generar beneficios fiscales por la aplicación de la Norma Foral de mecenazgo vigente