Finalidad
Es preceptivo contar con la autorización de la Diputación Foral de Gipuzkoa para las intervenciones en cualquier tipo de bien cultural de titularidad de la Diócesis de San Sebastián, aunque dichos bienes no gocen de la protección de la Ley de Patrimonio Cultural Vasco (Convenio de colaboración Diócesis de San Sebastián y Diputación Foral de Gipuzkoa de 8 de mayo de 2009.
Tramitado por
Formularios y modelos a presentar
Documentacion a aportar
En los casos de intervención sobre retablos, pinturas murales y órganos, el proyecto de restauración con su presupuesto será redactado por las empresas licitantes en base a una memoria técnica, una estimación de presupuesto y el pliego de prescripciones a cargo de Gordailua, Centro de Colecciones Patrimoniales de Gipuzkoa, para los dos primeros casos, y a cargo de la Comisión Técnica de Conservación y Restauración de Órganos y Armonios de Gipuzkoa, para el tercer caso.
Modalidades de solicitud
Solicitud por internet
Identificación necesaria para la tramitación electrónica
Modalidades de solicitud
Plazo máximo de resolución
Plazo estimado: un mes.
Plazo legal: tres meses.
Efectos del silencio administrativo
DesestimatorioSe informa mediante
Convenio de colaboración entre la Diputación Foral de Gipuzkoa y la Diócesis de San Sebastián de 8 de mayo de 2009 y modificación de la cláusula decimoquinta por Orden Foral de 18 de mayo de 2017: cláusulas novena, décima, decimocuarta y decimoquinta (modificada por Orden Foral de 18 de mayo de 2017).
Observaciones
1. Registro de la documentación, en su caso, subsanación.
2. Análisis de la persona responsable del Servicio de Patrimonio Histórico-artístico y Archivos y elaboración del informe-propuesta de resolución.
3. Redacción de la resolución por la Secretaría Técnica.
4. Aprobación de la resolución por la persona titular de la Dirección General de Cultura y notificación de la misma:
Información adicional
Plazo estimado de resolución: un mes.