Ayudas para proyectos de desarrollo rural del Territorio Histórico de Gipuzkoa

INFORMACIÓN GENERAL


Finalidad

Actuaciones subvencionables:
a) La comercialización de productos agrarios de calidad. Mediante inversiones destinadas a mejorar la competitividad de los productores primarios para su mejor integración en la cadena agroalimentaria a través de la promoción de mercados locales y circuitos cortos de distribución e inversiones en infraestructuras que faciliten estas labores.

b) Inversiones en actividades/proyectos generadores de empleo y reactivación económica en el ámbito rural. Con compromiso explícito de creación de empleo mediante un incremento del número de puestos de trabajo respecto a la situación previa a la solicitud de subvención. Se considera que la inversión es generadora de empleo cuando el compromiso explícito de empleo (mínimo un año) que presenta el solicitante se cumple a más tardar en el pago final de la subvención.

c) Adquisición de maquinaria y vehículos por parte de entidades locales, entidades menores y asociaciones de desarrollo rural (ADR), para la prestación de servicios demandados por las comunidades locales, comarcales, provinciales y sectoriales. Con un aprovechamiento más racional de los recursos disponibles, reducción de costes de maquinaria y acciones destinadas a la mejora de la calidad de vida de los baserritarras.

d) Proyectos innovadores de inversión que presenten nuevas prestaciones en el ámbito local, comarcal, territorial. Ayudas a las inversiones en proyectos innovadores en transformación, comercialización o desarrollo de nuevos productos agrarios. No se considera dentro de esta categoría un equipo que ya se emplee en el proceso actualmente y se sustituye por otro equipo de características similares.

e) Ayudas a las inversiones destinadas a la restauración y equipamiento de ostatus, servicios sociales y culturales, ubicados en zonas rurales. En el caso de Ostatus condicionadas a la presentación de un plan de gestión en el momento de la solicitud.

f) Modernización y digitalización de servicios agrarios. Puesta en marcha de proyectos de digitalización de servicios agrarios, con el fin de estrechar la brecha digital existente entre el ámbito rural y el urbano. Quedan excluidas las inversiones en extensión de redes de telecomunicaciones.

g) Electrificación rural. Mejora y adecuación de centros de transformación y líneas de baja tensión, así como las líneas de abastecimiento de energía a explotaciones agrarias y viviendas en suelo no urbanizable y núcleos rurales.

En el caso de líneas de red de distribución, solo se subvencionarán las de tipo aéreo (en ningún caso subterráneas, con la excepción de los casos que por normativa urbanística así se requiera). Tampoco serán subvencionables las cajas de protección, el enlace entre dichas cajas hasta las instalaciones interiores ni las instalaciones particulares.


Tramitado por

  • DEPARTAMENTO DE EQUILIBRIO TERRITORIAL VERDE
  • Dirección General de Agricultura y Equilibrio Territorial

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