Finalidad
1. Las subvenciones están dirigidas a compensar los gastos efectuados por la entidad solicitante en la elaboración, producción material y difusión de medios de comunicación locales y comarcales publicados en lengua vasca.
2. Podrán acceder a las presentes ayudas las personas jurídicas que tengan su sede social y fiscal en el Territorio Histórico de Gipuzkoa, y que sean responsables de medios de comunicación en el ámbito citado.
3. A los efectos de estas ayudas, se consideran medios de comunicación locales y comarcales aquellos diarios o publicaciones periódicas cuya principal misión sea la difusión de información a nivel municipal, comarcal o territorial exclusivamente en euskera, sea solo en papel o junto con una edición electrónica.
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