Expedientes de responsabilidad patrimonial por daños sufridos en carreteras

INFORMACIÓN GENERAL


Plazo de presentación

Un año desde que se produjo el hecho o de manifestarse su efecto lesivo. En caso de daños físicos o psíquicos a las personas el plazo se computa desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas.

Finalidad

Gestión de los expedientes de responsabilidad patrimonial para indemnizar a quienes sufran lesiones o daños en cualquiera de sus bienes y derechos, provocados por el funcionamiento normal o anormal de la administración responsable de la explotación de las carreteras, salvo en los casos de fuerza mayor o cuando se produzcan por responsabilidad de las personas perjudicadas o de terceros.


Tramitado por

  • DEPARTAMENTO DE INFRAESTRUCTURAS VIARIAS Y ESTRATEGIA TERRITORIAL

INICIO Y SOLICITUD


Formularios y modelos a presentar

 Solicitud de responsabilidad patrimonial 


Documentacion a aportar

  • Escrito de reclamación que incluya los siguientes datos:
    • Nombre, apellidos, DNI, dirección, correo electrónico y teléfono del solicitante.
    • Explicación de las circunstancias en las que se ha producido el daño.
    • Indicar si existe informe o atestado de la Ertzaintza o de la Policía local.
  • Precisar el importe de la indemnización solicitada.
  • Adjuntar factura o presupuesto de reparación, si la hubiere.

Modalidades de solicitud

  • Internet
  • Presencial

Solicitud por internet

Registro electrónico del Departamento de Infraestructuras Viarias


Identificación necesaria para la tramitación electrónica

  • Certificado y B@KQ

Observaciones para la tramitación electrónica

Puede enviar la solicitud por el registro electrónico, adjuntando el formulario que figura arriba


Oficinas de atención presencial

Oficina General del Departamento de Infraestructuras Viarias



TRAMITACIÓN


Modalidades de solicitud

  • Internet
  • Presencial

RESOLUCIÓN


Plazo máximo de resolución

Seis meses desde el inicio del procedimiento


Efectos del silencio administrativo

Desestimatorio

Se informa mediante

  • Notificación/correo certificado


NORMATIVA


  • Decreto Foral Normativo, de 6 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Norma Foral de Carreteras y Caminos de Gipuzkoa
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas