Autorización 05 - MDL/MDP/MPC - Sustitución de vehículo autorización mercancías

INFORMACIÓN GENERAL


Finalidad

Sustituir vehículos adscritos a una autorización de transporte público de mercancías


Tramitado por

  • DEPARTAMENTO DE MOVILIDAD, TURISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
  • Dirección General de Movilidad y Transporte Público
  • Servicio de Movilidad y Transportes

Contacto


Dirección e-mail:

garraiobaimenak@gipuzkoa.eus

Teléfono de contacto:

943 112991


Dirigido a

Empresas y autónomos.


Requisitos

.- Si actúa mediante gestoría o asesoría: ésta deberá estar de alta en el censo de representantes 001k. 

.- No tener sanciones pendientes de pago.

 .- El/los vehículo/s deberán cumplir los siguientes requisitos:

a)     Disponer del vehículo, con tracción propia y matriculado en España, en propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario.

b)    

b.1)- MDP: MMA (Masa Máxima Autorizada) mayor a 2 Tm.

b.2)- MDL: MMA mayor a 2 Tm y menor o igual a 3,5 Tm.

b.3)- MPC (privados): MMA mayor a 3,5 Tm.

.- Alta del vehículo(s) en el IAE (Modelo 840): actividad “transporte de mercancías por carretera”, excepto MPC.



INICIO Y SOLICITUD


Documentacion a aportar

1.- Abono de la tasa (19,12€ por vehículo). Solicitar carta de pago

2.- Solicitud debidamente cumplimentada. SAT  - Importante: indicar el vehículo que se va a sustituir.

3.- Autorización de la persona interesada para poder entrar en determinados registros públicos a fin de comprobar de oficio por la Administración determinada documentación.  AUTORIZACIÓN REGISTROS PÚBLICOS 

4.- Permiso(s) de circulación del(os) vehículo(s).

5.- Ficha(s) técnica(s) completa(s) del(os) vehículo(s).

6.- Si se trata de un vehículo arrendado, contrato de arrendamiento.


Modalidades de solicitud

  • Internet

Solicitud por internet

Solicitud y envío de documentación a través del Registro Electrónico de la Diputación Foral de Gipuzkoa. https://egoitza.gipuzkoa.eus/WAS/CORP/WATTramiteakWEB/inicio.do


Identificación necesaria para la tramitación electrónica

  • Certificado y B@KQ

TRAMITACIÓN


Modalidades de solicitud

  • Internet

RESOLUCIÓN


Plazo máximo de resolución

Plazo legal: cinco meses.


Efectos del silencio administrativo

Desestimatorio

NORMATIVA


1.-Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificada por la Ley 9/2013, de 4 de julio. 

2.Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificado por el Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero



INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA


Información adicional

Consulta del estado de las autorizaciones:

https://www.transportes.gob.es/transporte-terrestre/servicios-al-transportista/consulta-al-registro-de-empresas-y-actividades-de-transporte