Autorización 02 - MDL alta de copia - Adscripción de vehículos a autorización de mercancías ligeros

INFORMACIÓN GENERAL


Finalidad

Adscripción de nuevos vehículos a autorización de mercancías superligeros ya existente (de más de 2000 kg a 3500 kg de MMA).


Tramitado por

  • DEPARTAMENTO DE MOVILIDAD, TURISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
  • Dirección General de Movilidad y Transporte Público
  • Servicio de Movilidad y Transportes

Contacto


Dirección e-mail:

garraiobaimenak@gipuzkoa.eus

Teléfono de contacto:

943 112991


Dirigido a

Empresas y autónomos.


Requisitos

- Si actúa mediante gestoría o asesoría: ésta deberá estar de alta en el censo de representantes 001k. Si representan por primera vez a una empresa o si necesitan renovar la representación por caducidad, una vez realizado el trámite en el censo de representantes de la Diputación Foral de Gipuzkoa, deberán iniciar en la sede electrónica del Ministerio el expediente de tramitación de nueva representación.

- No tener sanciones pendientes de pago.

- El/los vehículo/s deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.- Disponer del vehículo, con tracción propia y matriculado en España, en propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario. Además, tiene que tener en todo caso una Masa Máxima Autorizada (MMA) mayor de 2 Tm y que no supere las 3,5 Tm.

2.- Alta del vehículo(s) en el IAE (Modelo 840): actividad “transporte de mercancías por carretera”.



INICIO Y SOLICITUD


Documentacion a aportar

.- Abono de la tasa (24,27€ por vehículo). Solicitar carta de pago: https://egoitza.gipuzkoa.eus/WAS/CORP/WATTramiteakWEB/inicio.do?app=DT4

.- Permiso(s) de circulación del vehículo(s).

.- Ficha(s) técnica(s) completa(s) del(os) vehículo(s)

.- Si se trata de un vehículo arrendado, contrato de arrendamiento.

SI ES MDL INTERNACIONAL (MMA>2,5 TM), ADEMÁS SE DEBERÁ AJUSTAR LA CAPACIDAD ECONÓMICA AL NÚMERO DE VEHÍCULOS DE LA AUTORIZACIÓN:

CAPACIDAD ECONÓMICA

 * Para el 1er vehículo: 1.800€

 * Para vehículos sucesivos 2, 3, 4…:

. <2.500 Kg MMA –0€

 . Entre 2.500 Kg y 3.500 Kg MMA– 900€ POR VEHÍCULO

 

              (*) En el caso de transmisión de todos los vehículos adscritos a otra autorización: escrito de transmisión de los vehículos donde consten los datos de la empresa vendedora, de la empresa adquirente, los vehículos y autorizaciones que se transmiten y la renuncia a las mismas (19,50€ por vehículo). TRANSMISIÓN VEHÍCULOS 

   


Modalidades de solicitud

  • Internet

Solicitud por internet

Solicitud y envío de documentación:

Gestión de autorizaciones de transporte interior | Sede Electrónica

 Instrucciones 


Identificación necesaria para la tramitación electrónica

  • Certificado y B@KQ

TRAMITACIÓN


Modalidades de solicitud

  • Internet

RESOLUCIÓN


Plazo máximo de resolución

Plazo legal: cinco meses.


Efectos del silencio administrativo

Desestimatorio

NORMATIVA


  1. Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificada por la Ley 9/2013, de 4 de julio. 

        2.Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificado por el Real Decreto 70/2019, de 15 de febrer



INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA


Información adicional

Consulta del estado de las autorizaciones:

https://www.transportes.gob.es/transporte-terrestre/servicios-al-transportista/consulta-al-registro-de-empresas-y-actividades-de-transporte