Autorización 02 - MDL alta de copia - Adscripción de vehículos a autorización de mercancías ligeros

INFORMACIÓN GENERAL


Finalidad

Adscripción de nuevos vehículos a autorización de mercancías superligeros ya existente (de más de 2000 kg a 3500 kg de MMA).


Tramitado por

  • DEPARTAMENTO DE MOVILIDAD, TURISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
  • Dirección General de Movilidad y Transporte Público
  • Servicio de Movilidad y Transportes

Contacto


Dirección e-mail:

garraiobaimenak@gipuzkoa.eus

Teléfono de contacto:

943 112991


Dirigido a

Empresas y autónomos.


Requisitos

- Si actúa mediante gestoría o asesoría: ésta deberá estar de alta en el censo de representantes 001k.

- No tener sanciones pendientes de pago.

- El/los vehículo/s deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.- Disponer del vehículo, con tracción propia y matriculado en España, en propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario. Además, tiene que tener en todo caso una Masa Máxima Autorizada (MMA) que no supere las 3,5 Tm.

2.- Alta del vehículo(s) en el IAE (Modelo 840): actividad “transporte de mercancías por carretera”.



INICIO Y SOLICITUD


Documentacion a aportar

.- Abono de la tasa (23,79€ por vehículo). Solicitar carta de pago: https://egoitza.gipuzkoa.eus/WAS/CORP/WATTramiteakWEB/inicio.do?app=DT4

.- Solicitud debidamente cumplimentada. SAT 

.- Autorización de la persona interesada para poder entrar en determinados registros públicos a fin de comprobar de oficio por la Administración determinada documentación.   AUTORIZACIÓN REGISTROS PÚBLICOS 

.- Permiso(s) de circulación del vehículo(s).

.- Ficha(s) técnica(s) completa(s) del(os) vehículo(s)

.- Si se trata de un vehículo arrendado, contrato de arrendamiento.

SI ES MDL INTERNACIONAL (MMA>2,5 TM), ADEMÁS SE DEBERÁ AJUSTAR LA CAPACIDAD ECONÓMICA AL NÚMERO DE VEHÍCULOS DE LA AUTORIZACIÓN:

CAPACIDAD ECONÓMICA

 * Para el 1er vehículo: 1.800€

 * Para vehículos sucesivos 2, 3, 4…:

. <2.500 Kg MMA –0€

. Entre 2.500 Kg y 3.500 Kg MMA– 900€ POR VEHÍCULO

 

             (*) En el caso de transmisión de todos los vehículos adscritos a otra autorización: escrito de transmisión de los vehículos donde consten los datos de la empresa vendedora, de la empresa adquirente, los vehículos y autorizaciones que se transmiten y la renuncia a las mismas (19,12€ por vehículo). TRANSMISIÓN VEHÍCULOS 

   


Modalidades de solicitud

  • Internet

Solicitud por internet

Solicitud y envío de documentación a través del Registro Electrónico de la Diputación Foral de Gipuzkoa. https://egoitza.gipuzkoa.eus/WAS/CORP/WATTramiteakWEB/inicio.do


Identificación necesaria para la tramitación electrónica

  • Certificado y B@KQ

TRAMITACIÓN


Modalidades de solicitud

  • Internet

RESOLUCIÓN


Plazo máximo de resolución

Plazo legal: cinco meses.


Efectos del silencio administrativo

Desestimatorio

NORMATIVA


  1. Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificada por la Ley 9/2013, de 4 de julio. 

        2.Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificado por el Real Decreto 70/2019, de 15 de febrer



INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA


Información adicional

Consulta del estado de las autorizaciones:

https://www.transportes.gob.es/transporte-terrestre/servicios-al-transportista/consulta-al-registro-de-empresas-y-actividades-de-transporte