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Traslado de animales (PASTOS)
INFORMACIÓN GENERAL
Finalidad
Tramitación de la documentación necesaria para el traslado/movimiento de diferentes especies ganaderas a los pastos de aprovechamiento común de Gipuzkoa.
Tramitado por
- DEPARTAMENTO DE EQUILIBRIO TERRITORIAL VERDE
- Dirección General de Agricultura y Equilibrio Territorial
- Servicio de Ayudas y Registros
Dirigido a
- Ganaderos/as
Requisitos
- Que las explotaciones de procedencia y de destino estén correctamente registradas en las bases de datos REGA-MARM y autorizados para mantener las especies a trasladar.
- Que los animales que se pretenden trasladar estén adecuadamente identificados y de alta en el Censo correspondiente de Gipuzkoa.
- Explotación calificada sanitariamente y con las pruebas o controles previos con resultados favorables (si procede).
- Transportista y Vehículo de Transporte: autorizados y registrados en SIRENTRA(si procede).
INICIO Y SOLICITUD
Formularios y modelos a presentar
- Ninguna
Documentación a aportar
- Ninguna
Modalidades de solicitud
- Internet
- Presencial
Solicitud por internet
Identificación necesaria para la tramitación electrónica
- Certificado y B@KQ
Oficinas de atención presencial
Oficinas Comarcales Agrarias
TRAMITACIÓN
Modalidades de solicitud
- Internet
- Presencial
RESOLUCIÓN
Plazo máximo de resolución
La documentación se obtiene inmediatamente desde la misma aplicación (si se cumplen los condicionantes)
Efectos del silencio administrativo
No aplicaSe informa mediante
- Notificación electrónica
NORMATIVA
NORMATIVA ESTATAL
General:
Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.
Real Decreto 728/2007, de 13 de junio, por el que se establece y regula el Registro general de movimientos de ganado y el Registro general de identificación individual de animales.
Decreto 226/1990, de 31 de agosto, por el que se regula el transporte de animales en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Especifica:
Vacuno:
- Real Decreto 2611/1996, de 20 de diciembre, por el que se regulan los programas nacionales de erradicación de enfermedades de los animales.
- Real Decreto 1980/1998, de 18 de septiembre, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina.
- Real Decreto 1716/2000, de 13 de octubre,sobre normas sanitarias para el intercambio intracomunitario de animales de las especies bovina y porcina.
Ovino y caprino:
- Real Decreto 2611/1996, de 20 de diciembre, por el que se regulan los programas nacionales de erradicación de enfermedades de los animales.
- ORDEN de 9 de octubre de 2014, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se establecen normas de desarrollo y aplicación en la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de identificación y registro del ganado ovino y caprino.
Equino:
- Real Decreto 1515/2009, de 2 de octubre, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie equina.
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Observaciones
Antes de realizar un traslado de animales se debe tener en cuenta lo siguiente:
- Que las explotaciones de procedencia y de destino no estén sometidas a restricciones de movimiento.
- Que los animales que se desean trasladar no estén sometidos a ninguna restricción que impida su traslado.
- Que los medios de transporte estén correctamente desinfectados. (Cuando proceda)