763 Declaración-liquidación. Impuesto sobre actividades de juego.

INFORMACIÓN GENERAL


Plazo de presentación

En modelo se debe presentar en los primeros 25 días naturales siguientes al final de cada trimestre: del 1 al 25 de enero, abril, julio y octubre.

Finalidad

Declarar la organización o desarrollo de actividades de juego a que se refiere el apartado 1 del art. 48 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de regulación del juego, de carácter anual o plurianual. En función de las cantidades jugadas en el Territorio Histórico de Gipuzkoa para cada modalidad de juego, se deberá ingresar la cuota correspondiente a este Territorio.

En las modalidades de juego correspondientes a rifas y concursos únicamente tributarán en el Territorio Histórico de Gipuzkoa aquellos sujetos pasivos que tengan su domicilio fiscal en Gipuzkoa, En estos casos el porcentaje a aplicar será el 100%.


Tramitado por

  • DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS
  • Subdirección General de Gestión Tributaria
  • Servicio de Gestión de Imp. Indirectos, Imp. sobre las Transmisiones y Tributos Medioamb.

Dirigido a

Personas físicas, jurídicas o entidades con la correspondiente autorización administrativa, o personas que organicen o desarrollen las actividades de juego a que se refiere el apartado 1 del art. 48 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de regulación del juego, de carácter anual o plurianual.


Requisitos

Tener autorización administrativa para la explotación de las actividades de juego a que se refiere el apartado 1 del. art. 48 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de regulación del juego de carácter anual o plurianual, u organizarlo o celebrarlo sin autorización.



INICIO Y SOLICITUD


Formularios y modelos a presentar

INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLIMENTACION DE LA AUTOLIQUIDACION MODELO 763 DEL 3º TRIMESTRE DE 2018

La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, modificó con efectos  1 de julio de 2018 el apartado 7 del artículo 48 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego.

Exclusivamente para la autoliquidación del tercer trimestre de 2018, se utilizará el modelo 763 existente enZergaBidea consignando en las casillas 10, 15, 20, 25, 30, 35 la base imponible de la letra b) del artículo 48.6 ( es decir, se consignarán los ingresos netos en vez de los ingresos brutos)

 Modelo 763


Modalidades de solicitud

  • Internet
  • Presencial

Solicitud por internet

 Internet: Para los ejercicios 2017 y siguientes desde la plataforma web ZergaBidea y para los ejercicios 2016 y anteriores cumplimentando un formulario desde Gipuzkoataria.


Identificación necesaria para la tramitación electrónica

  • Certificado y B@KQ

Observaciones para la tramitación electrónica

El pago se realiza mediante domiciliación en la cuenta que se designe en el modelo o a través de la pasarela de pagos a la que se hace mención en la Orden Foral 85/2009, de 11 de febrero.


Oficinas de atención presencial

Se podrá presentar en modelo 763 en PDF rellenable. Una vez cumplimentado se presentará e ingresará en alguna de las entidades autorizadas para actuar como colaboradoras en la recaudación de los tributos.



TRAMITACIÓN


Modalidades de solicitud

  • Internet
  • Presencial

NORMATIVA


Ley 13/2011, de 27 de mayo de regulación del juego.

Ley 7/2014, de 21 de abril, por la que se modifica la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco.

OF 485/2018, de 15 de octubre, por la que se aprueba el modelo 763 de autoliquidación del Impuesto sobre actividades de juego en los supuestos de actividades anuales o plurianuales, y se determinan la forma, plazo y lugares de presentación (BOG 17/10/2018) (PDF)