Modelo 583. Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica. Autoliquidación y pagos fraccionados.

INFORMACIÓN GENERAL


Finalidad

Se declara el valor de la producción de energía eléctrica introducida en la red, en cada cuatrimestre natural.


Tramitado por

  • DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS
  • Subdirección General de Gestión Tributaria
  • Servicio de Gestión de Imp. Indirectos, Imp. sobre las Transmisiones y Tributos Medioamb.

Dirigido a

Contribuyentes que realicen operaciones gravadas por este impuesto.



INICIO Y SOLICITUD


Formularios y modelos a presentar

Modelo 583


Modalidades de solicitud

  • Internet
  • Presencial

Solicitud por internet

Modelo 583 por internet


Identificación necesaria para la tramitación electrónica

  • Certificado y B@KQ

Oficinas de atención presencial

A Ingresar: Entidades Financieras colaboradoras.

Resto: Oficinas de Atención Ciudadana, entidades colaboradoras y en el Servicio de Impuestos Indirectos del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa (Paseo de Errotaburu, 2  20018 -Donostia).



TRAMITACIÓN


Modalidades de solicitud

  • Internet
  • Presencial

NORMATIVA


Orden Foral 308/2014, de 14 de mayo, por la que se aprueban los modelos 583 -Impuesto sobre el valor de la producción de la energia eléctrica. Autoliquidación y pagos fraccionados- y 587 -Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero. Autoliquidación- y se establece la forma y procedimientos de presentación.



INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA


Información adicional

Plazo de presentación

Pagos fraccionados:

  • a. En los pagos fraccionados cuyo valor de producción no supere los 500.000 euros, la presentación se hará según la siguiente tabla:
Código Plazo presentación Mes presentación Periodo
3T 1 a 25 Noviembre Enero/septiembre (9 meses)
  • b. En el resto de pagos fraccionados, cuyo valor de producción sea igual o mayor a 500.000 euros, la presentación se hará según la siguiente tabla:
Código Plazo presentación Mes presentación Periodo
1T 1 a 25 Mayo Enero/marzo (3 meses)
2T 1 a 25 Septiembre Enero/junio (6 meses)
3T 1 a 25 Noviembre Enero/septiembre (9 meses)
4T 1 a 25 Febrero Enero diciembre (12 meses)

Autoliquidación anual:

  • c. Además de los pagos fraccionados de los apartados a y b, en todos los casos se deberá presentar una autoliquidación anual, según la siguiente tabla:
Código Plazo presentación Mes presentación Periodo
OA 1 a 30 Noviembre Enero/diciembre (correspondiente al año anterior)