Modelo 720. Declaración de bienes y derechos en el extranjero

INFORMACIÓN GENERAL


Plazo de presentación

Entre el 1 de abril y el 30 de junio del año siguiente a aquél al que se refiera la información a suministrar.

Finalidad

Declarar bienes y derechos situados en el extranjero que determinen la obligación de presentar la declaración.


Tramitado por

  • DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS
  • Subdirección General de Gestión Tributaria
  • Servicio de Gestión de Impuestos Directos

Dirigido a

Contribuyentes sujetos a imposición personal en el Territorio Histórico de Gipuzkoa, bien por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, bien por el Impuesto sobre Sociedades.


Requisitos

La declaración deberá informar sobre cuatro diferentes bloques de bienes y derechos.

La obligación de presentar la declaración se cuantifica en función de su catalogación en cada bloque anteriormente citado.



INICIO Y SOLICITUD


Modalidades de solicitud

  • Internet

Solicitud por internet

Presentación de la declaración:

A través de Gipuzkoataria (con clave operativa o firma electrónica) enviando un fichero obtenido con el programa Zergabidea


Identificación necesaria para la tramitación electrónica

  • Certificado y B@KQ

TRAMITACIÓN


Modalidades de solicitud

  • Internet

NORMATIVA


Orden Foral 1094/2013

Decreto Foral 47/2013