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Modelo 548. Impuestos especiales de fabricación. Declaración informativa de cuotas repercutidas.
INFORMACIÓN GENERAL
Plazo de presentación
Mensual. A presentar dentro de los 25 primeros días naturales del mes siguiente a aquél en que se han producido los devengos.Finalidad
Se declaran las operaciones realizadas por cuenta ajena por los depositarios autorizados de los Impuestos Especailes de Fabricación, con excepción del Impuesto sobre la Electricidad.
Tramitado por
- DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS
- Subdirección General de Gestión Tributaria
- Servicio de Gestión de Imp. Indirectos, Imp. sobre las Transmisiones y Tributos Medioamb.
Dirigido a
A los Depositarios autorizados que efectúen operaciones realizadas por cuenta ajena, excepto en el Impuesto sobre la electricidad.
INICIO Y SOLICITUD
Formularios y modelos a presentar
Modalidades de solicitud
- Internet
- Presencial
Solicitud por internet
Las presentaciones para los ejercicios 2017 y siguientes tienen que realizarse desde la plataforma web Zergabidea
A continuación se pueden realizar presentaciones para los ejercicios 2016 y anteriores mediante la transmisión del PDF rellenable obtenido en Gipuzkoataria.
Identificación necesaria para la tramitación electrónica
- Certificado y B@KQ
Oficinas de atención presencial
Servicio de Impuestos Indirectos del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa (Paseo de Errotaburu, 2 20018 -Donostia).
TRAMITACIÓN
Modalidades de solicitud
- Internet
- Presencial
NORMATIVA
Decreto Foral 20/1998, de 3 de marzo, por el que se adapta la normativa del Territorio Histórico de Gipuzkoa a lo dispuesto en la Ley 38/1992, de 28 de diciembre de Impuestos Especiales.
Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por Real decreto 1165/1995, de 7 de julio.
Orden Foral 540/2013, de 6 de junio, por la que se aprueba el modelo 548, <<Impuestos Especiales de fabricación. Declaración informativa de cuotas repercutidas>>.