Plazo de presentación
Mensual. A presentar dentro de los 25 primeros días naturales del mes siguiente a aquél en que se han producido los devengosFinalidad
Se declaran las operaciones sujetas al Impuesto sobre Hidrocarburos, realizadas en cada mes natural.
Tramitado por
Dirigido a
Contribuyentes que realicen operaciones gravadas por este impuesto.
Formularios y modelos a presentar
Modalidades de solicitud
Solicitud por internet
Las presentaciones para los ejercicios 2017 y siguientes tienen que realizarse desde la plataforma web Zergabidea.
A continuación se pueden realizar presentaciones para los ejercicios 2016 y anteriores eligiendo la forma de presentación:
Identificación necesaria para la tramitación electrónica
Oficinas de atención presencial
A Ingresar: Entidades Financieras colaboradoras.
Resto: Oficinas de Atención Ciudadana, entidades colaboradoras y en el Servicio de Impuestos Indirectos del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa (Paseo de Errotaburu, 2 20018 -Donostia).
Modalidades de solicitud
Decreto Foral 20/1998, de 3 de marzo, por el que se adapta la normativa del Territorio Histórico de Gipuzkoa a lo dispuesto en la Ley 38/1992, de 28 de diciembre de Impuestos Especiales.
Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por Real decreto 1165/1995, de 7 de julio.
Orden Foral 131/2013, de 7 de febrero, por la que se modifica la Orden Foral 113/2009, de 16 de febrero, por la que se aprueban determinados modelos y se refunden y actualizan diversas normas de gestión en relación con los Impuestos Especiales