Finalidad
Servicio de día orientado a la incorporación social que ofrece un acompañamiento individualizado con intervención de carácter ocupacional, educativa, terapéutica y socio-laboral sin desligar a la persona de su entorno habitual.
Tramitado por
Contacto
Servicios Sociales de Base del ayuntamiento en el que la persona interesada se encuentre empadronada.
Ayuntamientos del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
Dirigido a
Personas en situación de marginación y/o exclusión social, con actitud favorable a iniciar un proceso de inserción social especializado, con capacidad para seguir dicho proceso y que aceptan una intervención social profesionalizada.
Requisitos
a) Edad entre 18 y 64 años.
b) Empadronamiento en un municipio del Territorio Histórico de Gipuzkoa con 6 meses de antelación a la fecha de la solicitud, que estará acompañado de residencia legal y efectiva en el mismo. Excepcionalmente podrán ser eximidas del requisito de residencia legal las personas que demuestren un arraigo social en Gipuzkoa de al menos 6 meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
c) Presentar un grado de exclusión que justifique la necesidad del recurso
d) Tener capacidad para aceptar una intervención socio-educativa y recursos personales para efectuar un proceso de inclusión social.
e) Presentar un estado de salud que no requiera la asistencia continuada en servicios sanitarios, ni medidas de salud pública en los centros.
f) No padecer trastornos de conducta que puedan perturbar gravemente la convivencia y pongan en peligro los objetivos del centro.
Documentacion a aportar
Modalidades de solicitud
Oficinas de atención presencial
Servicios Sociales de Base de los ayuntamientos del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
Ayuntamientos del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
Modalidades de solicitud
Plazo máximo de resolución
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del procedimiento será de tres meses contados desde la fecha de recepción de la solicitud en el Departamento de Políticas Sociales de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
Efectos del silencio administrativo
DesestimatorioSe informa mediante
Decreto Foral 5/2014, de 4 de marzo, por el que se regula el procedimiento de acceso a los recursos de inclusión social de atención secundaria dependientes de la Diputación Foral de Gipuzkoa (BOG nº 52 de 18 de marzo de 2014).
Observaciones
Las personas usuarias de este tipo de servicio pueden ser personas que están en centros residenciales, pero también personas que viven en sus domicilios y necesitan de un acompañamiento social y una intervención educativa continuada.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 93.5 de la ley 12/2008, de 5 de diciembre de Servicios Sociales, la expulsión de un centro implica una suspensión temporal del derecho al servicio durante 6 meses. Transcurrido dicho periodo de tiempo se podrá iniciar un nuevo procedimiento de acceso.