Finalidad
Es objeto de las subvenciones, cuyo otorgamiento regulan las presentes bases, la realización por los ayuntamientos de Gipuzkoa de proyectos que tengan por objeto recuperar la memoria histórica, es decir, recuperar, conocer la verdad y reconocer los hechos acaecidos en Gipuzkoa o a personas de este Territorio Histórico.
Los proyectos para los que se solicite subvención deberán referirse a una o varias de las siguientes actuaciones:
a) Investigaciones e iniciativas para conocer y documentar la verdad.
b) Iniciativas de reconocimiento y conmemoración de hechos y personas, especialmente, del papel de las mujeres.
c) Publicaciones y producciones audiovisuales.
d) Programas dirigidos a la juventud, sean educativos, de formación o de transmisión de la memoria histórica.
e) Campañas de sensibilización y difusión.
Salvo casos debidamente justificados, no se concederán ayudas para proyectos cuya temática ya haya sido investigada suficientemente o para aquellos proyectos que a juicio de la Dirección General no tengan un interés histórico suficiente.
Todos los proyectos deberán ser acordes a las recomendaciones y protocolos internacionales atendiendo a los principios de verdad, justicia y reparación establecidos en la resolución 2005/35 de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
La Diputación Foral de Gipuzkoa tiene la responsabilidad ética de transmitir una memoria inclusiva y democrática. En dicha responsabilidad de conocer y transmitir la verdad, la memoria no puede ser utilizada para marginar o equiparar hechos. Ni para justificar ningún tipo de terrorismo, violencia o violación de derechos humanos.
Cada ayuntamiento, o agrupación de ayuntamientos, puede presenta como máximo un proyecto.
Se subvencionarán actuaciones ejecutadas desde el 1 de enero al 31 de diciembre del año de la convocatoria.
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