Modelo 115. Declaración de retenciones sobre arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles

INFORMACIÓN GENERAL


Plazo de presentación

Trimestral. A presentar dentro de los 25 primeros días naturales de los meses de abril, julio, octubre y enero. Si el volumen de operaciones es superior a 6.010.121,04 euros, la autoliquidación será mensual, a presentar dentro de los 25 primeros días.

Finalidad

Declarar las cantidades pagadas y retenidas en el trimestre/mes anterior, calculadas en función de los tipos de retención aplicables.

Más información


Tramitado por

  • DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS
  • Subdirección General de Gestión Tributaria
  • Servicio de Gestión de Impuestos Directos

Dirigido a

Deben presentarlo quienes tengan obligación de retener y que paguen rendimientos por el arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.


Requisitos

Pagar rendimientos por el arrendamiento o subarrendamiento  de inmuebles urbanos.



INICIO Y SOLICITUD


Formularios y modelos a presentar

Modelo 115


Modalidades de solicitud

  • Internet
  • Presencial

Solicitud por internet

Presentación de modelos por internet  con clave operativa o certificado electrónico:

     - para los ejercicios 2017 y siguientes desde la plataforma web ZergaBidea

     - para los ejercicios 2016 y anteriores desde Gipuzkoataria cumplimentando un formulario o subiendo un fichero obtenido con el antiguo programa de ZergaBidea


Identificación necesaria para la tramitación electrónica

  • Certificado y B@KQ

Oficinas de atención presencial

1º) Entidades Colaboradoras

2º) Oficinas de Atención Ciudadana (si resultado igual a cero).

Los impresos se pueden obtener a través de nuestra página web.



TRAMITACIÓN


Modalidades de solicitud

  • Internet
  • Presencial

NORMATIVA


Orden Foral 662/2014, de 11 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 115, Retenciones e Ingresos a cuenta sobre determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.



INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA


Observaciones

Calendario fiscal