Inspección de entidades, centros y servicios de Servicios Sociales

INFORMACIÓN GENERAL


Finalidad

Este servicio tiene por objeto el ejercicio de las funciones de vigilancia, control y comprobación del cumplimiento de las disposiciones legales en materia de servicios sociales con el fin de garantizar el derecho de la ciudadanía a la calidad de la atención en los mismos.


Tramitado por

  • DEPARTAMENTO DE CUIDADOS Y POLÍTICAS SOCIALES
  • Dirección General de Planificación, Inversiones, Inspección y Prestaciones Económicas
  • Servicio de Inspección e Inversiones

Dirigido a

Centro y/o servicios del ámbito de los servicios sociales en el Territorio Histórico de Gipuzkoa


Requisitos

  • Inspección inicial o de autorización: Solicitar la concesión de Autorización de Funcionamiento (Servicios y Centros de Titularidad Privada).
  • Periodicas planificadas o de oficio y extraordinarias: Se iniciaran siempre de oficio, ya sea por iniciativa propia del órgano competente, por orden superior, por petición razonada de otros órganos, o por denuncia.


INICIO Y SOLICITUD


Formularios y modelos a presentar

  • Inspección inicial: presentación de la solicitud de Autorización de Funcionamiento
  • Períodicas planificadas o de oficio: No precisa documentación previa
  • Extraordinarias:

a) Presentación de denuncia, recurso o reclamación o según criterio del Servicios de Inversiones, Inspección y Cooperación Social del Departamento del Politica Social de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

b) Existencia de indicios de incumplimiento de los requisitos solicitados


Modalidades de solicitud

  • Presencial

Oficinas de atención presencial

Servicio de Inversión, Inspección y Cooperación

Sección de Inspección

TXARA 2

Paseo Zarategi 99

20015 Donostia-San Sebastián

Tel.: 943 112 688

Fax: 943 112 622

E-mail: info.gizartekintza@gipuzkoa.eus



TRAMITACIÓN


Modalidades de solicitud

  • Presencial

RESOLUCIÓN


Plazo máximo de resolución

No está legislado


Efectos del silencio administrativo

No aplica

Se informa mediante

  • Correo postal
  • Correo electrónico
  • Comunicación telefónica
  • Notificación/correo certificado


NORMATIVA


Decreto 40/1998, de 10 de marzo, por el que se regula la autorización, registro, homologación e inspección de los servicios sociales de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV nº 63 de 2/04/1998).

Decreto 41/1998, de 10 de marzo, sobre los servicios sociales residenciales para la tercera edad (BOPV nº 66 de 7/04/1998).

Decreto 202/2000, de 17 de octubre, sobre los centros de día para personas mayores dependientes (BOPV nº 214 de 8/11/2002).

Decreto 64/2004, de 6 de abril, por el que se aprueba la carta de derechos y obligaciones de las personas usuarias y profesionales de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco y el régimen de sugerencias y quejas (BOPV nº 76 de 23/04/ 2004).

Ley 2/1998, de 20 de febrero, de la potestad sancionadora de las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV nº 48 de 11/03/1998).

Decreto 68/2000, de 11 de abril, por el que se aprueban las normas técnicas sobre condiciones de accesibilidad de los entornos urbanos, espacios públicos, edificaciones y sistemas de información y comunicación (BOPV nº 110 de 12/06/2000).

Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre, por el que se aprueba la norma básica de edificación N.B.E.-CPI/96; condiciones de protección contra incendios en los edificios (BOE nº 261 de 29/10/1996).

Decreto 125/2005, de 31 de mayo, de modificación del Decreto sobre los servicios sociales residenciales para la tercera edad (BOPV nº 104, del 3/06/2005).

Orden Foral 394/2006 de 2 de junio, por la que se determinan las condiciones de las Unidades de Psicogeriatría (BOG nº 112 de 14/06/2006).

Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia (BOE nº 299 de 15/12/2006).

Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales (BOPV nº 246 de 24/12/2008).

Ley 7/2012, de 23 de abril, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior (BOE nº 116 de 15/05/2012).



INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA


Observaciones

PARA CENTROS DE MENORES

Ley 3/2005, de 18 de febrero, de atención y protección a la infancia y adolescencia (BOPV nº 59 de 30/03/2005).

Decreto 131/2008, de 8 de julio, regulador de los recursos de acogimiento residencial para la infancia y la adolescencia en situación de desprotección (BOPV nº 150 de 8/08/2008)


Información adicional

PARA CENTROS DE INCLUISÓN SOCIAL

Decreto 148/2007, de 11 de septiembre, regulador de los recursos de acogida para mujeres víctimas de maltrato en el ámbito doméstico (BOPV nº 187, del 27/09/2007).