Centro de día para personas mayores en situación de dependencia

INFORMACIÓN GENERAL


Finalidad

Solicitar plaza en un centro de día para personas mayores dependientes.

El servicio de centro de día para personas mayores en situación de dependencia ofrece, una atención integral durante el día a las personas que no pueden satisfacer adecuadamente sus necesidades en su entorno habitual por presentar importantes limitaciones físicas y/o psíquicas para realizar las actividades de vida diaria.

También se ofrece servicio de transporte.

En algunos centros también se presta el servicio en fines de semana y festivos.

Consulte el directorio de centros (BEHAGI)


Tramitado por

  • DEPARTAMENTO DE CUIDADOS Y POLÍTICAS SOCIALES
  • Dirección General de Atención a las Personas con Dependencia y Discapacidad
  • Servicio de Atención a las Personas con Dependencia y Discapacidad.

Dirigido a

Personas mayores en situación de dependencia, que viven en su domicilio.


Requisitos

  1. Poseer la nacionalidad española u otra de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea y haber residido en territorio estatal durante al menos cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. En el supuesto de tratarse de personas ciudadanas de Estados no miembros de la Unión Europea que no posean la nacionalidad española, tener concedida la residencia legal en el estado español y haber residido, legal y efectivamente, durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Podrá eximirse del cumplimiento del requisito del periodo de residencia previa a la persona nacida en la CAV, así como sus descendientes, que residan en el extranjero y que conserven la nacionalidad española, hayan tenido su última vecindad administrativa en el Territorio Histórico de Gipuzkoa y deseen retornar.
  2. Estar empadronado/a y residir de manera efectiva en algún municipio del Territorio Histórico de Gipuzkoa en el momento de presentar la solicitud.
  3. Estar valorada como persona en situación de dependencia, con grado I, II ó III, en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, o normativa que lo sustituya o desarrolle, de acuerdo con los requisitos específicos que se establezcan para cada uno de los servicios.
  4. Tener 65 años, o cumplirlos en el año de la presentación de solicitud, o bien 60 años en el caso de las personas con discapacidad. Podrán exceptuarse del cumplimiento de este requisito, previo informe médico, psicológico y social favorable, aquellas personas que tengan reconocida su situación de dependencia y que por circunstancias personales o sociales, puedan beneficiarse de la atención que se presta en este tipo de centros.
  5. Disponer de informe de orientación por el que se determine la idoneidad del recurso, a través del instrumento de valoración y orientación señalado al efecto por la Diputación Foralde Gipuzkoa.


INICIO Y SOLICITUD


Formularios y modelos a presentar

 - Solicitud

 


Documentacion a aportar

  1. Fotocopia del documento oficial acreditativo de la identidad de la persona solicitante y, en su caso, de las demás personas miembros de la unidad familiar que se computen para acceder al recurso solicitado.
  2. En su caso, la documentación acreditativa de la representación legal, voluntaria o guarda de hecho.
  3. La autorización judicial previa o justificante que acredite haberla solicitado, en su caso, la presunta incapacidad.
  4. En el caso de separación, divorcio o nulidad matrimonial, fotocopia de la correspondiente resolución y en el caso deruptura de la unión de hecho, certificado del registro correspondienteacreditativo de la cancelación de la inscripción de dicha unión.
  5. La documentación acreditativa de titularidad de bienes radicados fuera del Territorio Histórico de Gipuzkoa, si procede.
  6. Las personas solicitantes a las que se refiere en los párrafos 2.º, 3.º y 4.º de la letra a) del artículo 5 del Decreto Foral 7/2015, aportarán, además, la documentación que acredite que se encuentran en alguno de los supuestos de dicha letra.

Modalidades de solicitud

  • Presencial

Oficinas de atención presencial

Servicios sociales de Base Municipales



TRAMITACIÓN


Modalidades de solicitud

  • Presencial

RESOLUCIÓN


Plazo máximo de resolución

  • Para la admisión en lista de espera: 3 meses, a contar desde la fecha de la solicitud debidamente cumplimentada en los Servicios Sociales de Base.
  • Para el ingreso: no hay plazo.

Efectos del silencio administrativo

Desestimatorio

Se informa mediante

  • Correo postal


NORMATIVA


Decreto Foral 7/2015, de 24 de marzo, por el que se regula el régimen de acceso a los servicios residenciales y de centro de día para personas en situación de dependencia en el Territorio Histórico de Gipuzkoa (BOG nº 59 de 30-03-2015). Corrección de errores (BOG Nº 90 de 15-05-2015).

DECRETO FORAL 15/2015, de 2 de junio, por el que se regula el régimen de la aportación económica de las personas usuarias de los centros de atención a la dependencia en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.

Decreto Foral 12/2016, de 24 de mayo, de modificación del Decreto Foral 15/2015, por el que se regula el régimen de la aportación económica de las personas usuarias de los centros de atención a la dependencia en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.

Decreto Foral 21/2022, de 13 de diciembre, por el que se aprueban las aportaciones económicas máximas de las personas usuarias y se modifica el Decreto Foral 15/2015, de 2 de junio, por el que se regula el régimen de la aportación económica de las personas usuarias de los centros de atención a la dependencia en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.



INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA


Observaciones

 Este servicio está sometido a copago


Información adicional

Cómo se calcula el copago.