Modelo 002. Registro de trabajadores fronterizos.

INFORMACIÓN GENERAL


Finalidad

Modelo 002

Inscribir en el Registro de Trabajadores Fronterizos a personas residentes en Francia que obtengan, en el Territorio Histórico de Gipuzkoa, sueldos y salarios derivados del trabajo personal, con el fin de que tales remuneraciones queden eximidas de retención en origen.


Tramitado por

  • DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS
  • Subdirección General de Gestión Tributaria
  • Servicio de Gestión de Impuestos Directos

Dirigido a

Trabajadores o trabajadoras residentes en Francia que, cumpliendo ciertos requisitos deseen solicitar el alta, la modificación o la baja en el Registro de Trabajadores Fronterizos.


Requisitos

Requisitos



INICIO Y SOLICITUD


Formularios y modelos a presentar

Presentación de modelo en papel (modelo 002 rellenable en nuestra web que luego se presenta en nuestras Oficinas de Atención Ciudadana):

Modelo 002

Documentación adicional a presentar :

Tríptico (no rellenable en la web).


Modalidades de solicitud

  • Internet
  • Presencial

Solicitud por internet

Presentación de modelos por internet:

1º) Obtener el PDF del modelo en la web general del departamento de Hacienda y Finanzas.

2º) Cumplimentarlo y guardarlo en el PC.

3º) Entrar en Gipuzkoataria con firma electrónica o clave operativa.

4º) Elegir la opción "Envío de modelos tributarios (PDF)".

5º) Subir el modelo (PDF) y los justificantes, siguiendo los pasos indicados en el propio portal.


Identificación necesaria para la tramitación electrónica

  • Certificado y B@KQ

Oficinas de atención presencial

Oficinas de Atención Ciudadana 

Los impresos se pueden obtener a través de nuestra página web.



TRAMITACIÓN


Modalidades de solicitud

  • Internet
  • Presencial

NORMATIVA


Decreto Foral 90/1996, de 10 de diciembre, por el que se crea en el Departamento de Hacienda y Finanzas un Registro de Trabajadores Fronterizos. (PDF)

Orden Foral 1.403/2003, de 23 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 002 de solicitud de alta, modificación y baja en el Registro de Trabajadores Fronterizos y se establece el lugar y plazo para su presentación. (PDF)



INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA


Observaciones

Plazo de presentación:

  • La solicitud de alta podrá presentarse en cualquier momento.
  • La solicitud de modificación deberá presentarse en el plazo de un mes a partir de la fecha de variación de los lugares de residencia habitual o de prestación del trabajo por cuenta ajena consignados en las solicitudes de alta.
  • La solicitud de baja derivada de la pérdida de los requisitos para gozar de la condición de trabajador fronterizo deberá presentarse en el plazo de un mes a partir de la fecha en que se produzca dicha pérdida.
  • La solicitud de baja voluntaria podrá presentarse en cualquier momento.