Abono de la tasa de licencia de pesca fluvial de la Comunidad Autónoma del País Vasco

INFORMACIÓN GENERAL


Finalidad

Abono de la tasa y obtención del justificante de pago (el justificante de pago debe acompañar a la licencia de pesca fluvial de la Comuninad Autónoma del País Vasco). 


Tramitado por

  • DEPARTAMENTO DE EQUILIBRIO TERRITORIAL VERDE
  • Dirección General de Montes y Patrimonio Natural
  • Servicio de Fauna y Flora Silvestre

Contacto

Servicio de Fauna y Flora Silvestre: Tel. 943 113948 / 943 112074; e-mail basanimalandare@gipuzkoa.eus


Dirigido a

Ciudadanía en general


Requisitos

  • Estar en posesión de la licencia de pesca fluvial de la Comuninad Autónoma del País Vasco, expedida por la Diputación Foral de Gipuzkoa.
  • No encontrarse inhabilitado/a para el ejercicio de la pesca fluvial.


INICIO Y SOLICITUD


Documentacion a aportar

  • Tarjeta de la licencia de pesca fluvial de la Comuninad Autónoma del País Vascco expedida por la Diputación Foral de Gipuzkoa

Modalidades de solicitud

  • Internet
  • Presencial

Solicitud por internet

Pago de la tasa


Identificación necesaria para la tramitación electrónica

  • Certificado y B@KQ

Oficinas de atención presencial

Diputación Foral de Guipúzcoa (Plaza de Guipúzcoa)

Oficinas Comarcales Agrarias



TRAMITACIÓN


Modalidades de solicitud

  • Internet
  • Presencial

NORMATIVA


DECRETO 216/1997, de 7 de octubre, por el que se regula la licencia de pesca fluvial de la Comunidad Autónoma del País Vasco