Subsidio de movilidad y compensación de gastos de transporte - LISMI -
INFORMACIÓN GENERAL
Finalidad
Es una compensación económica por gastos de transporte para personas cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al 33% y que les impida la utilización de transportes públicos.
Tramitado por
- DEPARTAMENTO DE CUIDADOS Y POLÍTICAS SOCIALES
- Dirección General de Planificación, Inversiones, Inspección y Prestaciones Económicas
- Servicio de Planificación, Concertación y Prestaciones Económicas
Dirigido a
Personas con discapacidad y escasez de recursos.
Requisitos
- Estar empadronado/a y residir en Gipuzkoa.
- Tener más de 3 años.
- No estar trabajando.
- Tener reconocida una discapacidad de grado igual o superior al 33% y estar en las situaciones A, B o C o tener al menos 7 puntos en las otras situaciones del baremo específico de dificultad de utilización de transporte público.
- Tener capacidad para desplazarse fuera del domicilio habitual. También pueden beneficiarse las personas atendidas en régimen de media pensión o de internado que se desplacen fuera del centro como mínimo diez fines de semana al año.
- No recibir prestaciones o ayudas de análoga naturaleza o finalidad de igual o superior cuantía otorgadas por otro organismo, salvo las prestaciones económicas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
- No superar los siguientes niveles de recursos:
- Si la persona beneficiaria vive sola, el 70% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples.)
- Si tiene cónyuge y/o descendientes a su cargo, el nivel se incrementa en un 10% por cada una de esas personas hasta un máximo del 100% del IPREM.
- Cuando depende de una unidad familiar formada por padres/madres y hermanos/as solteros/as con los/las que conviva, el nivel se incrementa en un 10% por cada miembro, excluida la persona beneficiaria, hasta un máximo del 100%. En ningún caso los recursos pueden superar el 100% del IPREM.
Cuantía
Mensualmente 81,20 € (974,40 € al año)
Forma de abono
En la cuenta de la persona beneficiaria designada en la solicitud, a mes vencido.
INICIO Y SOLICITUD
Formularios y modelos a presentar
Impreso de solicitud
Documentacion a aportar
Solicitud firmada según modelo oficial.
Fotocopia del libro de familia, cuando quien solicita tiene famiiares a su cargo o depende de una unidad familiar.
En caso de percibir ayuda de análoga naturaleza: documento acreditativo.
En caso de incapacidad legal: documento acreditativo de quien tiene la tutela.
Certificado de empadronamiento si el Ayuntamiento no lo incorpora a la solicitud.
- DNI o documento acreditativo de identidad
Modalidades de solicitud
Oficinas de atención presencial
La solicitud se presentará en el Ayuntamiento donde reside la persona solicitante.
TRAMITACIÓN
Modalidades de solicitud
RESOLUCIÓN
Plazo máximo de resolución
6 meses.
Efectos del silencio administrativo
Estimatorio
Se informa mediante
NORMATIVA
Real Decreto 383/1984, de 1 de febrero, por el que se establece y regula el sistema especial de prestaciones sociales y económicas previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de minusválidos.
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Observaciones
Se deberá comunicar cualquier modificación de las circunstancias socio-económicas en el plazo máximo de 15 días.
Se deben devolver las cuantías cobradas de forma indebida.