Subsidio de movilidad y compensación de gastos de transporte - LISMI -

INFORMACIÓN GENERAL


Finalidad

Es una compensación económica por gastos de transporte para personas cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al 33% y que les impida la utilización de transportes públicos.


Tramitado por

  • DEPARTAMENTO DE CUIDADOS Y POLÍTICAS SOCIALES
  • Dirección General de Planificación, Inversiones, Inspección y Prestaciones Económicas
  • Servicio de Planificación, Concertación y Prestaciones Económicas

Dirigido a

Personas con discapacidad y escasez de recursos.


Requisitos

  • Estar empadronado/a y residir en Gipuzkoa.
  • Tener más de 3 años.
  • No estar trabajando.
  • Tener reconocida una discapacidad de grado igual o superior al 33% y estar en las situaciones A, B o C o tener al menos 7 puntos en las otras situaciones del baremo específico de dificultad de utilización de transporte público.
  • Tener capacidad para desplazarse fuera del domicilio habitual. También pueden beneficiarse las personas atendidas en régimen de media pensión o de internado que se desplacen fuera del centro como mínimo diez fines de semana al año.
  • No recibir prestaciones o ayudas de análoga naturaleza o finalidad de igual o superior cuantía otorgadas por otro organismo, salvo las prestaciones económicas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
  • No superar los siguientes niveles de recursos:
    • Si la persona beneficiaria vive sola, el 70% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples.)
    • Si tiene cónyuge y/o descendientes a su cargo, el nivel se incrementa en un 10% por cada una de esas personas hasta un máximo del 100% del IPREM.
    • Cuando depende de una unidad familiar formada por padres/madres y hermanos/as solteros/as con los/las que conviva, el nivel se incrementa en un 10% por cada miembro, excluida la persona beneficiaria, hasta un máximo del 100%. En ningún caso los recursos pueden superar el 100% del IPREM.

Cuantía

Mensualmente 81,20 € (974,40 € al año)


Forma de abono

En la cuenta de la persona beneficiaria designada en la solicitud, a mes vencido.



INICIO Y SOLICITUD


Formularios y modelos a presentar

Impreso de solicitud


Documentacion a aportar

Solicitud firmada según modelo oficial.

Fotocopia del libro de familia, cuando quien solicita tiene famiiares a su cargo o depende de una unidad familiar.

En caso de percibir ayuda de análoga naturaleza: documento acreditativo.

En caso de incapacidad legal: documento acreditativo de quien tiene la tutela.

Certificado de empadronamiento si el Ayuntamiento no lo incorpora a la solicitud.


  • DNI o documento acreditativo de identidad

Modalidades de solicitud

  • Presencial

Oficinas de atención presencial

La solicitud se presentará en el Ayuntamiento donde reside la persona solicitante.



TRAMITACIÓN


Modalidades de solicitud

  • Presencial

RESOLUCIÓN


Plazo máximo de resolución

6 meses.


Efectos del silencio administrativo

Estimatorio

Se informa mediante

  • Correo postal


NORMATIVA


Real Decreto 383/1984, de 1 de febrero, por el que se establece y regula el sistema especial de prestaciones sociales y económicas previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de minusválidos.



INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA


Observaciones

Se deberá comunicar cualquier modificación de las circunstancias socio-económicas en el plazo máximo de 15 días.

Se deben devolver las cuantías cobradas de forma indebida.