Accesibilidad
La Diputación Foral de Gipuzkoa se ha comprometido a hacer accesible su sitio web de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.
Este sitio web aplica los requisitos de la Norma UNE-EN 301549:2022, considerando las excepciones del RD 1112/2018.
La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web https://egoitza.gipuzkoa.eus/.
Situación de cumplimiento
Este sitio web es parcialmente conforme con el RD 1112/2018 debido a las excepciones y a la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.
Contenido no accesible
El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:
Falta de conformidad con el RD 1112/2018
Carga desproporcionada
El contenido no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable
Preparación de la presente declaración de accesibilidad
La presente declaración fue preparada el 31 de marzo de 2023.
El método empleado para preparar la declaración ha sido realizar una auditoría de accesibilidad de pautas WCAG 2.1. Dicha auditoria ha sido realizada por ILUNION Accesibilidad, SAU.
Última revisión de la declaración: 20 de noviembre de 2024.
Observaciones y datos de contacto
Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a del RD 1112/2018) como por ejemplo:
A través del siguiente formulario de contacto o llamando al teléfono 943 112 111.
Acorde al artículo 10.2.b del RD 1112/2018, también puede presentar:
En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.
Podrá hacerlo a través de Gertubide.
Las comunicaciones, quejas y solicitudes de información accesible serán recibidas y tratadas por la Dirección General de Innovación en la Administración.
Procedimiento de aplicación
Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya trascurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.
La reclamación puede ser presentada a través de Gertubide.
Las reclamaciones serán recibidas y tratadas por el Servicio de Innovación y Transformación de la Administración.